Historia General del Pueblo Dominicana Tomo IV

506 Relaciones internacionales de la República Dominicana (1865-1930) En el segundo contrato, el Estado otorgó a Hartmont una comisión de 100,000 libras esterlinas, como compensación por sus desembolsos y riesgos. Ambos contratos fueron aprobados por el Consejo de Secretarios, presidido SRU HO SUHVLGHQWH GH OD 5HS~EOLFD %XHQDYHQWXUD %iH] \ OXHJR UDWLÀFDGRV SRU el Senado Consultor el 1.º de junio de 1869. Después de unas negociaciones en condiciones desventajosas para el país, Báez designó el 8 de mayo de ese año a Edward Hartmont como cónsul domi- nicano en Londres con plenos poderes para transferir el préstamo a terceros. Del empréstito Hartmont solo se recibieron 38,000 libras esterlinas y aunque el Senado Consultor anuló este contrato en 1870, en ese lapso Harmont había colocado los bonos dominicanos en los mercados europeos. Según Emilio Cordero Michel, el empréstito Harmont constituyó «la más colosal estafa de que se ha sido víctima el Estado dominicano» y «el primer eslabón de una cadena de desaciertos que impidieron la evolución normal y progresiva de la República Dominicana». 5 En la primera gestión presidencial de Ignacio María González se hicie- ron esfuerzos respecto a la organización administrativa del Estado domi- nicano, y entre sus primeras iniciativas estuvo la de anular los acuerdos de Buenaventura Báez con la Samaná Bay Company, volviendo el país a recupe- rar plenamente la soberanía sobre la bahía y península de Samaná. También, entre las iniciativas tomadas por su gobierno estuvo la aprobación de una nueva Constitución en la cual se contemplaba la creación de la Secretaría de (VWDGR GH 5HODFLRQHV ([WHULRUHV 1DFLPLHQWR FRQVWLWXFLRQDO GH OD 6HFUHWDUtD GH (VWDGR GH 5HODFLRQHV ([WHULRUHV /D 6HFUHWDUtD GH (VWDGR GH 5HODFLRQHV ([WHULRUHV IXH FUHDGD DxRV GHV - pués de haberse declarado la Independencia Nacional y 11 de la Restauración. En el artículo 64 de la nueva Constitución promulgada por el presidente González, el 4 de abril de 1874, en su artículo 64, se establecieron las cin- co secretarías de Estado que tendría la República Dominicana: Relaciones ([WHULRUHV ,QWHULRU \ 3ROLFtD -XVWLFLD H ,QVWUXFFLyQ 3~EOLFD +DFLHQGD \ &RPHUFLR \ *XHUUD \ 0DULQD 6H GLR LPSRUWDQFLD D ODV UHODFLRQHV H[WHULRUHV para promover los vínculos de amistad y comercio con otros Estados. En ese sentido, y siguiendo los nuevos lineamientos de organización y re- estructuración de los servicios diplomáticos y consulares que se desarrollaban casi de manera informal, el presidente González procedió a designar el pri- mer canciller de la República, mediante Decreto No. 1275, cargo que cayó en

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