Historia General del Pueblo Dominicana Tomo IV
272 La Ocupación Militar norteamericana, 1916-1924 /D LGHD GH )DLUFKLOG VREUH OD FUHDFLyQ GH XQD SROtWLFD ÀVFDO EDVDGD HQ ORV impuestos directos contemplaba la imposición a la propiedad, a las rentas \ D ODV VXFHVLRQHV (Q XQ SiUUDIR TXH FRQYLHQH FLWDU LQ H[WHQVR SRU LOXVWUDU claramente giros del progresivismo rooseveltiano, Fairchild decía: La debilidad fundamental de los ingresos dominicanos, nacionales y locales, es la dependencia casi total de los impuestos indirectos. El sistema es injusto porque impone una pesada carga a los pobres, mientras que la propiedad y los ingresos de los adinerados quedan prácticamente libres. El sistema es además una pesada carga para el comercio y la industria. La gran necesidad es una revisión com- pleta que reduzca y perfeccione los impuestos indirectos y agregue alguna forma de impuestos directos. Aún quedan por describir ciertas condiciones peculiares que hacen que la introducción de la LPSRVLFLyQ GLUHFWD VHD XQ SUREOHPD H[WUDRUGLQDULDPHQWH GLItFLO H interesante. Las tres formas importantes de impuestos directos son el impuesto sobre la renta, el impuesto a la propiedad y el impues- to a la herencia. De lo que se ha demostrado sobre el desarrollo económico atrasado del país y la pobreza de la masa de la gente, está claro que no hay campo para el impuesto a la renta. El im- puesto a la herencia puede ser una adición útil a la maquinaria ÀVFDO 1R JHQHUDUtD JUDQGHV LQJUHVRV SHUR FRQWULEXLUtD D OD MXVWLFLD Pero aquí encontramos un obstáculo en el peculiar estado de la ley dominicana de la herencia. La ley no obliga a traer propiedades a los tribunales para su liquidación. Pueden ser divididos en privado por los herederos o transmitidos sin dividir. La administración de un impuesto a la herencia, en lugar de ser un simple procedimiento de rutina como en nuestros Estados, sería una cuestión de la mayor GLÀFXOWDG 115 Descartados el impuesto a la renta y a la herencia, el referido a la pro- piedad resultaba ser el actor principal de la gran transformación propuesta y, por supuesto, el medio para arribar a su establecimiento era resolver el viejo problema del registro de títulos de propiedad, que, en el medio rural, DOFDQ]DED FRPSOHMDV IRUPDV GH H[LVWHQFLD \ SRU WDQWR GH UHVROXFLyQ 1R HV este el espacio para tratar, siquiera en sus contornos más gruesos, el proble- ma que enfrentaba hacia 1918 la propiedad inmueble. Baste solo decir que la H[SHGLFLyQ GH OD 2UGHQ (MHFXWLYD 1R VREUH UHJLVWUR GH WLHUUDV GHVOLQGH
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